CÓDIGO DE CONDUCTA EN EL ESTADIO
1.1 El presente Código de Conducta del Estadio Carlos Iturralde Rivero (“Código de Conducta”) ha sido desarrollado por Venados FC (“Venados”) para los partidos de la Liga MX/Ascenso MX y de la Copa MX (el “evento”). El Código de Conducta del Estadio Carlos Iturralde Rivero describe las medidas y políticas de seguridad que habrán de regir la conducta de, a) toda persona que utilice un boleto, bono, mica, etc., (“entrada”) para ver un partido (“visitante del estadio”) o b) toda persona que esté en posesión de una acreditación expedida por Venados FC para trabajar (“persona acreditada”) en un día de partido.
2.1 El presente Código de Conducta del Estadio Carlos Iturralde Rivero está sujeto a cambios.
2.2 Todo visitante del estadio y toda persona acreditada acepta y confirma que ha leído, entendido y aceptado y que cumplirá el presente Código de Conducta del Estadio Carlos Iturralde Rivero, así como toda orden específica de cualquiera del personal de Venados FC. Si fuese necesario, el personal de Venados FC podrá impartir otras órdenes, además de las que se incluyen en el presente código, para garantizar la seguridad en el estadio y prevenir o evitar cualquier circunstancia que constituya un riesgo para la vida, la salud o las pertenencias de las personas.
a) presentando su entrada o acreditación;
b) cuando así se requiera, presentando una identificación oficial y, en el caso de visitantes del estadio que posean un boleto sujeta a una condición personal, presentando los documentos necesarios que muestran que cumple la condición personal requerida para la compra o utilización de la entrada;
c) sometiéndose a inspecciones, cacheos y aceptando que se les incauten objetos cuya utilización, posesión o introducción en el estadio no está permitida en días de partido (“objetos prohibidos”) y que se indican en la cláusula 4 siguiente.
3.2 Los visitantes del estadio y las personas acreditadas aceptan y entienden que tienen acceso solamente a aquellas zonas del estadio indicadas en su entrada o acreditación o de acuerdo con las instrucciones del personal de Venados FC.
a) armas de cualquier tipo o cualquier objeto que pueda usarse para actos violentos;
b) todo objeto que pueda utilizarse como arma para cortar o apuñalar, o como proyectil, en particular paraguas largos y otros objetos similares;
c) botellas, tazas, jarras, latas o recipientes cerrados de cualquier tipo, que puedan ser arrojados como proyectiles y causar lesiones, así como cualquier otro objeto de cristal u otro material frágil que se quiebre o astille, o materiales especialmente resistentes como embalajes de tetrapak o hieleras rígidas;
d) fuegos artificiales, bengalas, humo en polvo, botes fumígenos, bombas fumígenas u otros objetos pirotécnicos o aparatos que produzcan efectos similares;
e) líquidos de cualquier tipo (incluidas las bebidas alcohólicas o no alcohólicas), excepto aquellos adquiridos dentro del estadio en vasos y de acuerdo con los procedimientos de seguridad aplicables a los eventos;
f) comida de cualquier tipo, salvo si se compra en el estadio o si son alimentos especiales para diabéticos;
g) estupefacientes o estimulantes;
h) material de contenido ofensivo, racista, xenófobo o a favor de una causa o ideología, como, entre otros, pancartas, banderas, señales, símbolos y folletos, objetos o ropa, que puedan impedir que los otros espectadores disfruten del evento, distraer del interés deportivo de la competición o fomentar cualquier forma de discriminación;
i) astas de banderas o de pancartas de cualquier tipo. Se permiten únicamente las astas flexibles de PVC, que no superen 1 m de largo y 1 cm de diámetro y no sean de material inflamable únicamente en zonas de porras;
j) pancartas o banderas que superen 1 m x 1.2 m. Se permiten banderas y pancartas más pequeñas, siempre que sean de un material “poco inflamable” y cumplan las normas y estándares de la Liga MX/Ascenso MX y no se prohíban de otra forma en el presente Código de Conducta del Estadio Carlos Iturralde Rivero;
k) todo tipo de animales;
l) cualquier material publicitario o comercial como, por ejemplo, pancartas, banderas, señales, símbolos y folletos, o cualquier objeto, material o prendas promocionales o comerciales;
m) balones inflados y pelotas de cualquier tamaño;
n) aerosoles que contengan gas, sustancias corrosivas o inflamables, tintes o envases con sustancias nocivas para la salud o fácilmente inflamables. Están permitidos los encendedores de bolsillo normales;
o) objetos voluminosos como escaleras, taburetes, sillas (plegables), cajas, envases de cartón, así como bolsas, mochilas, maletines y bolsas de deporte de gran tamaño. Se entiende por “voluminoso” cualquier objeto que mida más de 25 cm x 25 cm x 25 cm y no pueda colocarse en las gradas del estadio;
p) papel picado y/o rollos de papel de maquina;
q) artefactos mecánicos que produzcan gran estruendo, tales como megáfonos, sirenas o cornetas a gas;
r) instrumentos musicales de cualquier tamaño;
s) dispositivos de rayos láser, punteros láser o aparatos similares;
t) harina, polvo o sustancias similares;
u) cámaras (excepto para uso privado y solo acompañadas de un juego de baterías recargables), cualquier tipo de cámaras de vídeo o cualquier otro equipo de grabación de vídeo o sonido;
v) computadoras personales u otros dispositivos (como, por ejemplo, computadoras portátiles y tablets) que puedan servir para la transmisión o difusión de sonido, imágenes, descripciones o resultados del evento a través de internet u otros medios;
w) otros objetos que puedan poner en peligro la seguridad pública y/o dañar la reputación del evento, según el criterio exclusivo del personal de Venados FC.
a) armas de cualquier tipo o cualquier objeto que pueda usarse para actos violentos;
b) todo objeto que pueda utilizarse como arma para cortar o apuñalar, o como proyectil, en particular paraguas largos y otros objetos similares;
c) botellas, tazas, jarras, latas o recipientes cerrados de cualquier tipo, que puedan ser arrojados como proyectiles y causar lesiones, así como cualquier otro objeto de cristal u otro material frágil que se quiebre o astille, o materiales especialmente resistentes como embalajes de tetrapak o hieleras rígidas;
d) fuegos artificiales, bengalas, humo en polvo, botes fumígenos, bombas fumígenas u otros objetos pirotécnicos o aparatos que produzcan efectos similares;
e) líquidos de cualquier tipo (incluidas las bebidas alcohólicas o no alcohólicas), excepto aquellos adquiridos dentro del estadio en vasos y de acuerdo con los procedimientos de seguridad aplicables a los eventos;
f) comida de cualquier tipo, salvo si se compra en el estadio o si son alimentos especiales para diabéticos;
g) estupefacientes o estimulantes;
h) material de contenido ofensivo, racista, xenófobo o a favor de una causa o ideología, como, entre otros, pancartas, banderas, señales, símbolos y folletos, objetos o ropa, que puedan impedir que los otros espectadores disfruten del evento, distraer del interés deportivo de la competición o fomentar cualquier forma de discriminación;
i) astas de banderas o de pancartas de cualquier tipo. Se permiten únicamente las astas flexibles de PVC, que no superen 1 m de largo y 1 cm de diámetro y no sean de material inflamable únicamente en zonas de porras;
j) pancartas o banderas que superen 1 m x 1.2 m. Se permiten banderas y pancartas más pequeñas, siempre que sean de un material “poco inflamable” y cumplan las normas y estándares de la Liga MX/Ascenso MX y no se prohíban de otra forma en el presente Código de Conducta del Estadio Carlos Iturralde Rivero;
k) todo tipo de animales;
l) cualquier material publicitario o comercial como, por ejemplo, pancartas, banderas, señales, símbolos y folletos, o cualquier objeto, material o prendas promocionales o comerciales;
m) balones inflados y pelotas de cualquier tamaño;
n) aerosoles que contengan gas, sustancias corrosivas o inflamables, tintes o envases con sustancias nocivas para la salud o fácilmente inflamables. Están permitidos los encendedores de bolsillo normales;
o) objetos voluminosos como escaleras, taburetes, sillas (plegables), cajas, envases de cartón, así como bolsas, mochilas, maletines y bolsas de deporte de gran tamaño. Se entiende por “voluminoso” cualquier objeto que mida más de 25 cm x 25 cm x 25 cm y no pueda colocarse en las gradas del estadio;
p) papel picado y/o rollos de papel de maquina;
q) artefactos mecánicos que produzcan gran estruendo, tales como megáfonos, sirenas o cornetas a gas;
r) instrumentos musicales de cualquier tamaño;
s) dispositivos de rayos láser, punteros láser o aparatos similares;
t) harina, polvo o sustancias similares;
u) cámaras (excepto para uso privado y solo acompañadas de un juego de baterías recargables), cualquier tipo de cámaras de vídeo o cualquier otro equipo de grabación de vídeo o sonido;
v) computadoras personales u otros dispositivos (como, por ejemplo, computadoras portátiles y tablets) que puedan servir para la transmisión o difusión de sonido, imágenes, descripciones o resultados del evento a través de internet u otros medios;
w) otros objetos que puedan poner en peligro la seguridad pública y/o dañar la reputación del evento, según el criterio exclusivo del personal de Venados FC.
5.1 Mientras permanezcan en el estadio, todos los visitantes del estadio y personas acreditadas deberán comportarse de una manera que no ofenda ni ponga en peligro la seguridad de los demás, ni estorbe o acose innecesariamente a otros visitantes del estadio o a personas acreditadas.
5.2 Los visitantes del estadio y las personas acreditadas deberán ocupar el lugar indicado en su entrada y acceder a él usando únicamente la entrada correspondiente, a menos que el personal de Venados FC indiquen otra cosa. Por motivos de seguridad y para evitar todo tipo de peligro, los visitantes del estadio deberán trasladarse a otros lugares diferentes a los asignados, en la misma o en otra sección del estadio, cuando así lo dispongan el personal de Venados FC.
5.3 Las escaleras de acceso y las salidas de emergencia deberán mantenerse, en la medida de lo posible y en todo momento, libres de obstáculos.
5.4 Los visitantes del estadio y las personas acreditadas deberán abstenerse de tirar basura, desechos, embalajes o envases vacíos al suelo y utilizar para ello los botes y/o contenedores de basura dispuestos por todo el estadio.
5.5 Se prohíbe fumar en todas las zonas del estadio.
5.6 Además, a menos que el personal de Venados FC lo autoricen, los visitantes del estadio y las personas acreditadas no deberán:
a) entrar al terreno de juego ni al área que lo rodea;
b) ponerse de pie en las gradas de la zona de espectadores ni obstaculizar la vista de otros espectadores;
c) lanzar objetos, sustancias o líquidos de cualquier tipo, en particular en dirección a otra persona o al área que rodea el terreno de juego o al terreno de juego mismo;
d) provocar un incendio, encender o lanzar fuegos artificiales, bengalas, humo en polvo, bombas de humo, objetos pirotécnicos u otros objetos que produzcan un efecto similar;
e) adoptar actitudes que puedan impedir a otros espectadores disfrutar del evento, o que distraigan del ambiente deportivo del evento;
f) expresar mensajes de contenido ofensivo, racista, xenófobo o que fomenten otras formas de discriminación;
g) promover mensajes políticos o a favor de una causa caritativa o ideológica;
h) encontrarse ostensiblemente bajo el efecto del alcohol, estupefacientes o cualquier sustancia que altere el comportamiento;
i) molestar o acosar a otras personas, incluidos los jugadores y los árbitros del partido;
j) proferir lemas o cánticos discriminatorios, racistas o xenófobos;
k) actuar de una forma que pueda ser interpretada por otros como provocadora, amenazante, discriminatoria u ofensiva;
l) usar banderas para otro fin más que el de manifestar su afición de forma pacífica y festiva;
m) poner a la venta o vender mercancías o entradas, distribuir folletos o volantes o hacer colectas;
n) realizar cualquier acto que pueda poner en peligro la vida o seguridad personal o ajena, o causar daños de cualquier manera a otra persona;
o) alentar un comportamiento violento o peligroso, comportarse de tal forma o mostrar tendencia a comportarse de forma violenta, dañina o susceptible de perturbar el orden público;
p) causar daños a otras personas u objetos en ningún momento;
q) trepar o subirse a estructuras e instalaciones no destinadas al uso general, en especial a fachadas, vallas, muros, cercas, barreras, postes de luz, plataformas de cámaras, árboles, mástiles de cualquier tipo y techados;
r) obstruir o impedir la circulación en los caminos peatonales o las calzadas, las entradas y salidas de la zona de visitantes y las salidas de emergencia, u obstruir o interferir en zonas abiertas al tráfico;
s) acceder a, entrar sin autorización o alentar a otros a entrar sin autorización en zonas cerradas al público (como oficinas, bodegas, palco local o zona de medios, etc.) o cuyo acceso esté prohibido (excepto si se dispone de la acreditación adecuada);
t) escribir, pintar o pegar cualquier cosa en elementos estructurales, instalaciones o caminos;
u) hacer sus necesidades en cualquier otro lugar que no sean los sanitarios, o ensuciar el estadio tirando al suelo basura, desperdicios, envoltorios, envases vacíos, etc.;
v) grabar (a menos que sea para uso personal), transmitir o difundir de cualquier manera por internet o cualquier otro medio, incluidos los dispositivos móviles, sonidos o imágenes, descripciones o resultados de cualquier evento que tenga lugar en el estadio, ya sea total o parcialmente, o ayudar a otras personas a hacerlo; explotar comercialmente fotografías o imágenes tomadas en el estadio; y
w) realizar otra actividad que pueda poner en peligro la seguridad pública y/o dañar la reputación del evento, según el criterio exclusivo del personal de Venados FC y/o de otras personas legalmente autorizadas.